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TCE exige nueva documentación al Municipio de Loja en el proceso de remoción del alcalde Franco Quezada

El proceso de remoción del alcalde de Loja, Franco Quezada Montesinos, suma un nuevo capítulo con la reciente intervención del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), que mediante oficio oficial remitido el miércoles 9 de julio, ha solicitado al Municipio de Loja una nueva remisión de documentos esenciales para evaluar la legalidad del procedimiento seguido por el Concejo Municipal.

El requerimiento fue firmado por Milton Paredes, secretario general del TCE, como parte de la admisión a trámite de la consulta sobre el cumplimiento de formalidades en el proceso de remoción. Esta consulta, solicitada por actores políticos y ciudadanos, busca determinar si el Cabildo lojano actuó en apego a la ley, o si, por el contrario, incurrió en errores procedimentales que podrían afectar la validez de la resolución tomada el pasado 26 de junio.

📄 El contenido del requerimiento

La solicitud del TCE detalla con precisión los documentos que el Municipio debía entregar:

  • Certificaciones oficiales con los nombres completos de concejales principales y suplentes en funciones al momento del inicio del proceso.
  • Información sobre la conformación de la Comisión de Mesa que conoció y calificó la denuncia presentada contra el alcalde.
  • Copias certificadas de las convocatorias realizadas, tanto para la instalación de la Comisión de Mesa como para las sesiones del Concejo Municipal vinculadas al proceso.
  • Resoluciones adoptadas, incluida la resolución CML-005-2025, emitida durante la sesión del 26 de junio de 2025, en la que se resolvió la remoción del alcalde.
  • Grabaciones audiovisuales y actas que documenten lo sucedido en dichas sesiones.

El objetivo del Tribunal es verificar si el procedimiento cumplió con las garantías establecidas en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) y con los requisitos técnicos exigidos por la ley electoral.

👨‍⚖️ Cambios en el juez sustanciador del caso

En paralelo, el TCE informó oficialmente que, desde el 9 de julio, el juez Richard González Dávila subrogará a la jueza Ivonne Coloma Peralta, quien inicialmente fue designada como juez sustanciador del caso. González tendrá esta competencia hasta el 24 de julio, plazo en el que se prevé la revisión formal de la documentación y la emisión de pronunciamientos preliminares.

Este cambio no altera los tiempos procesales, pero genera expectativas sobre la lectura que el nuevo juez pueda tener frente a los argumentos jurídicos de ambas partes.

📌 Entrega oficial de documentos

La secretaria del Concejo Municipal de Loja, Gissella Domínguez, cumplió este viernes 11 de julio con la entrega formal de los documentos solicitados, trasladándose a la ciudad de Quito para presentar el expediente completo en las oficinas del TCE. Según trascendió, se remitieron copias certificadas y archivos digitales con respaldo audiovisual que sustentan el proceso desde su origen.

La entrega, que se realizó dentro del plazo establecido por el organismo electoral, fue acompañada por un informe técnico de Secretaría General del Municipio, en el cual se detallan las fechas, participantes y decisiones tomadas a lo largo del procedimiento.

🔍 Implicaciones y ambiente político

Este nuevo requerimiento se da en un contexto político tenso para Loja. La remoción del alcalde Quezada, aprobada por mayoría del Concejo bajo el argumento de incumplimiento de funciones, ha sido fuertemente debatida en la opinión pública. Para algunos, representa un acto legítimo de fiscalización democrática; para otros, un movimiento político que podría estar viciado de forma o fondo.

Lo que está en juego ahora no es solo la continuidad de una autoridad local, sino la validez del proceso institucional seguido por el Concejo. El pronunciamiento del TCE será determinante, ya que podría ratificar la decisión del Cabildo o anularla por vicios de procedimiento.

Mientras tanto, Franco Quezada sigue ejerciendo el cargo de alcalde, amparado por el principio de legalidad vigente hasta que no exista un fallo en firme del órgano electoral.