La Asamblea aprueba histórica medida de expulsión de presos extranjeros: no podrán ingresar a Ecuador durante 40 años
En una sesión calificada como clave en la lucha contra el crimen organizado y el hacinamiento carcelario, la Asamblea Nacional del Ecuador aprobó una normativa que autoriza la expulsión de ciudadanos extranjeros que cumplen condenas en el sistema penitenciario del país, estableciendo además una prohibición de reingreso por un período de cuarenta años. La medida ha sido recibida con reacciones encontradas en sectores políticos, de derechos humanos y seguridad.
Un nuevo marco para enfrentar la crisis penitenciaria
La resolución forma parte del nuevo régimen de control penitenciario y de seguridad nacional que busca frenar el deterioro institucional del sistema carcelario ecuatoriano. La norma fue respaldada por una mayoría legislativa tras un largo debate, y establece que los extranjeros que hayan cumplido su pena o que puedan ser expulsados conforme a convenios internacionales serán deportados, bajo el compromiso de sus países de origen de recibirlos.
Además, se especifica que en caso de que una persona expulsada intente ingresar nuevamente al país antes del plazo de 40 años, será automáticamente declarada “objetivo militar”. Esta categorización permite que el Estado ecuatoriano, a través de sus fuerzas de seguridad, adopte medidas preventivas o reactivas excepcionales.
Cerca de 3.300 extranjeros en las cárceles ecuatorianas
El sistema penitenciario ecuatoriano registra actualmente más de 3.300 presos extranjeros, lo que representa aproximadamente un 11% del total de la población privada de libertad. Gran parte de ellos están vinculados a delitos de narcotráfico, sicariato, robo agravado, trata de personas y crimen organizado transnacional.
Según datos oficiales del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad (SNAI), las nacionalidades más frecuentes son colombiana, venezolana, peruana, mexicana y albanesa. Algunos de estos grupos están asociados a redes de narcotráfico que operan desde dentro de las cárceles, lo que ha agravado la violencia en los centros de reclusión.
El presidente de la Comisión de Seguridad de la Asamblea, Roberto Ochoa, señaló que “esta medida no es xenófoba, sino de carácter estratégico. No podemos seguir albergando bandas criminales que operan impunemente desde nuestras cárceles”.
El Ejecutivo deberá emitir un reglamento
Para su plena implementación, la normativa establece que el Ejecutivo deberá emitir un reglamento en un plazo de 30 días, el cual definirá los protocolos administrativos, logísticos y jurídicos para proceder con las expulsiones. Se prevé que las Cancillerías y el Ministerio del Interior trabajen de forma conjunta con organizaciones internacionales para garantizar los traslados conforme a derechos humanos y legislación internacional.
Entre los puntos críticos por definir están:
- Qué criterios se usarán para priorizar las expulsiones.
- Cuál será el papel de los consulados de los países de origen.
- Qué garantías ofrecerán esos países para recibir a los expulsados.
- Cómo se controlará el reingreso ilegal a través de pasos fronterizos no autorizados.
Reacciones diversas: seguridad versus derechos
Organizaciones de derechos humanos han expresado preocupación por el uso del término “objetivo militar”, considerando que este lenguaje puede derivar en interpretaciones peligrosas y vulnerar el principio de presunción de inocencia. La Defensoría del Pueblo ha pedido una revisión constitucional del texto y ha advertido sobre posibles demandas ante la Corte Constitucional.
Por su parte, grupos de defensa ciudadana y asociaciones de víctimas celebraron la medida como una acción urgente frente a la ola de violencia que vive el país. “Si esto ayuda a limpiar las cárceles de actores extranjeros que solo vienen a delinquir, lo apoyamos”, dijo Miriam Espinoza, líder barrial en el sur de Guayaquil.
Una tendencia en la región
La deportación de presos extranjeros no es una práctica aislada en el continente. Países como Chile, Perú y México han implementado mecanismos de repatriación acelerada de reos, bajo acuerdos bilaterales y con apoyo logístico internacional. Ecuador busca ahora sumarse a esta tendencia, en un momento crítico para su sistema penitenciario, golpeado por masacres carcelarias, fugas masivas y la infiltración del crimen transnacional.
En perspectiva: ¿medida efectiva o parche temporal?
Expertos en seguridad consultados por Secultura advierten que la medida puede tener un impacto inmediato en la reducción de hacinamiento, pero no resolverá los problemas estructurales del sistema penitenciario, como la corrupción interna, la falta de personal y el dominio de grupos delictivos al interior de los centros.
No obstante, el control de fronteras y el seguimiento posdeportación serán determinantes para evitar que la expulsión se convierta en una “puerta giratoria” que permita el reingreso ilegal de criminales al país.
Conclusión
La Asamblea ha dado un paso drástico y simbólicamente fuerte en la batalla contra el crimen organizado y la crisis penitenciaria. Sin embargo, el verdadero alcance de esta normativa dependerá de su aplicación efectiva, del respeto a los derechos fundamentales y del trabajo conjunto con países vecinos y organismos internacionales. Ecuador se enfrenta al reto de equilibrar seguridad con legalidad, firmeza con justicia, y urgencia con sostenibilidad institucional.